Lejos de la imagen de una Edad Media sumida en la oscuridad moral, la Andalucía medieval legisló la prostitución como un mal necesario para preservar el orden urbano. Evolucionando desde los rígidos esquemas jurídicos del pasado visigótico hacia fórmulas más pragmáticas, ciudades como Córdoba y Sevilla sustituyeron la sanción represiva por una progresiva regulación concejil. En la estela del pensamiento teológico agustiniano sobre la contención de males mayores, la Iglesia y las administraciones locales convirtieron las mancebías en un laberinto urbano donde coexistieron de forma paradójica el estigma social, la tolerancia y el estricto control fiscal del rentable negocio municipal.
Escena amorosa en una miniatura del Decamerón, siglo XV. Bibliothèque de l’Arsenal, París, Ms-5070 réserve, f. 108v. Fuente: Gallica/Bibliothèque nationale de France.
Amantes en un lecho, miniatura del Roman de la Rose. Siglo XIV. La imagen refleja la presencia de representaciones explícitas de deseo y sexualidad en la cultura visual medieval. Bibliothèque du Musée Condé, Chantilly.
A menudo, al imaginar la Edad Media se nos viene a la cabeza un período marcado por el control moral y la religiosidad. Sin embargo, esa imagen de época oscura y homogénea no siempre corresponde con la realidad histórica. Numerosas fuentes muestran que prácticas como la prostitución no solo existieron, sino que fueron reguladas y permitidas. En el caso de Andalucía, esta realidad fue especialmente compleja: coexistieron la tolerancia y la intolerancia, tanto en la práctica social como en el derecho. Su estudio permite observar las contradicciones de una sociedad que condenaba, controlaba y, al mismo tiempo, aceptaba estas prácticas.
La regulación de la prostitución no fue uniforme, sino que varió dependiendo del territorio con gran diversidad de normas, relativas al pago de determinadas tasas, a la regulación del comportamiento sexual o al mantenimiento del orden social, entre otras.
Para conocer un antecedente jurídico peninsular, resulta pertinente acudir al Liber Iudiciorum visigótico, donde la prostitución era abordada desde una perspectiva claramente represiva. En este texto, la mujer que ejercía públicamente como prostituta podía ser castigada con azotes, humillación pública y, si no se corregía, con la expulsión de la ciudad. También se contemplaban penas para padres, madres, amos u otras autoridades que tolerasen, encubriesen o se beneficiasen de esta actividad. A medida que avanzaba la Reconquista en Andalucía, cada ciudad adoptó una postura oficial muy diferente sobre esta cuestión. La llegada de los reinos cristianos dio lugar progresivamente a la aparición de ordenanzas y fueros de distinto origen, que configuraron marcos jurídicos heterogéneos para regular y controlar esta actividad.