El Archivo Municipal es un bien de dominio público en función de lo establecido en el reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D 1372/1986, de 13 de junio, ya que conserva y custodia el patrimonio documental del ayuntamiento, y es un servicio general de la administración municipal, cuya principal función es la sistematización de la gestión documental: desde la creación del documento hasta su conservación histórica, recibiendo, organizando y sirviendo los documentos a la propia institución y a los ciudadanos como servicio público.
Las funciones de este servicio se desarrollan conforme a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales; Ley 16/1985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español; Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común; Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía; Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía; Decreto 97/2000, de 6 de marzo, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos; Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a información y buen gobierno; y Ley 1/2014 de 24 de junio, Ley de Transparencia Pública de Andalucía. Sección 5ª Archivos de las entidades locales.
La Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, en su artículo 49 y siguientes, dicta las normas relativas a los archivos de las entidades locales de Andalucía. En la que se preceptúa que las entidades locales de Andalucía garantizarán la prestación de los servicios de archivo dentro de su ámbito territorial, y cada entidad local establecerá su propia red de archivos, que incluirá los de sus entes vinculados o dependientes. No obstante, las referencias específicas a la regulación de archivos municipales son muy parcas, en comparación con otras instituciones.
En la actualidad, los Archivos Municipales, tanto de los grandes, como medios y pequeños municipios, están abordando su adaptación a las nuevas tecnologías y ofrecen una apertura al contenido de sus fondos históricos. Paralelamente, la complejidad de la actividad administrativa de las entidades locales ha obligado a que los archivos se conviertan en el elemento fundamental que garantiza la transparencia y buen gobierno, y en una herramienta imprescindible tanto para la administración como para el ciudadano.
La importante historia de Andalucía no se entendería sin los cientos de Archivos Municipales que custodian celosamente el día a día de todos sus municipios en algunos casos desde hace más de 600 años. Los ayuntamientos han guardado casi siempre, con celo, los privilegios y derechos conseguidos como un elemento de identidad y de reivindicación, que ha permitido que hoy día Andalucía cuente con una envidiable red de Archivos Municipales que custodian nuestra memoria.
El acceso, a través de las redes y los distintos procesos de digitalización, está convirtiendo el arca del concejo en una ventana abierta al mundo que muestra lo más íntimo de nuestro pasado. A los fondos tradicionales en soporte papel, en las últimas décadas se han sumado otros formatos, como el fotográfico y el fílmico, como no podía ser de otra manera, en lo que es el tributo del siglo XX. Y en el siglo XXI el formato digital se está imponiendo.
"En la compleja estructura archivística española, si existe algo homogéneo son los archivos municipales. Los municipios y ayuntamientos, es decir, la unidad territorial y poblacional, política y administrativamente organizada dentro de los límites de una sección de provincia, comprende un territorio legítimamente delimitado, está constituido por una o varias localidades (anejos, pedanías, aldeas, poblados o caseríos), sus habitantes y una serie de bienes o patrimonio propio. Los municipios, en este sentido, tienen cuatro elementos fundamentales: territorio, autoridades políticas, población e intereses y objetivos comunes. Los Archivos Municipales se configuran en torno a estas funciones."
"Juan II, Rey de Castilla. Real Provisión al Concejo, alcaide, alcaldes, alguacil, regidores, oficiales y hombres buenos de la villa de Antequera, mandando que sean nombrados dos alcaldes ordinarios cada año de entre los vecinos. Valladolid. Huella de sello de placa."